Manifestación de Valor Electrónica (E2): La nueva regla del juego

Enero 2026

Lo que antes era un documento adicional, ahora será el corazón del despacho

Desde diciembre de 2025, la Manifestación de Valor Electrónica (E2) se convierte en un requisito previo y obligatorio antes de cada despacho. Esto representa el mayor blindaje contra la subvaluación y, al mismo tiempo, una de las causas más comunes de retrasos o rechazos si se transmite con errores.

¿Qué implica para el importador?

  • Integrar un expediente sólido (facturas, contratos, pagos, fletes, seguros).
  • Transmitirlo en VUCEM con e.firma.
  • Declarar el folio en el pedimento.
  • Asegurar que cada dato coincida con el CFDI, el COVE y la documentación bancaria.

A partir del 9 de diciembre de 2025, la Manifestación de Valor (MV) será obligatoria previo al despacho y deberá transmitirse por VUCEM con e.firma. Debe incluir:

  • Factura
  • Contrato
  • Comprobantes de pago
  • Flete
  • Seguro
  • Incrementables
  • Documentación técnica
  • Origen
  • Packing list

Impacto directo:


Si la MV no coincide con COVE, CFDI, factura o pedimento → rechazo, multas y riesgo de PAMA.
La autoridad ahora tiene hasta 12 meses para verificar el valor declarado.

En SALAB, preparamos y revisamos la MV para garantizar congruencia documental de extremo a extremo.

Con SALAB, el cliente puede asegurarse de que el E2 esté completo y validado antes de enviarlo, evitando multas, retrasos y PAMA automáticos.

Fuentes: RGCE 2025; Art. 59 LA; Reglamento de la Ley Aduanera; contenidos de Antón Rioja