Extracto – Reforma al Reglamento de la Ley Aduanera 2026

Marzo 2026

Cambio de autoridad principal

  • Se incorpora formalmente a la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) como autoridad aduanera dentro del Reglamento.
  • Anteriormente, el SAT era la autoridad principal; ahora la ANAM cuenta con mayor autonomía técnica y operativa en la vigilancia aduanera.

Impacto:

  • Fortalece el control aduanero.
  • Se separa la función aduanera del enfoque exclusivamente fiscal.

 

Nuevas definiciones en el Reglamento

Se agregan o actualizan conceptos en el Artículo 1:

  • ANAM: Agencia Nacional de Aduanas de México.
  • Mandatario aduanal: Persona designada por un agente o agencia aduanal para tramitar el despacho.
  • Consejo Aduanero: Órgano colegiado de coordinación.
  • Sistema Electrónico Aduanero (SEA): Integración de sistemas como:
    • Ventanilla Digital
    • Sistema Automatizado Aduanero Integral
    • Otros sistemas electrónicos autorizados.

 

Uso obligatorio del Sistema Electrónico Aduanero

Se establecen requisitos para realizar trámites en el SEA.

Los usuarios deben contar con:

  • Firma electrónica avanzada vigente
  • Sello digital
  • RFC activo
  • Domicilio fiscal localizado
  • Correo electrónico registrado para notificaciones

Además:

  • Deben informar cualquier cambio en su correo electrónico o datos dentro de los 10 días siguientes.

 

Responsabilidad sobre documentos electrónicos

  • Los documentos transmitidos al SEA deben coincidir con el expediente electrónico de la operación.
  • Deben conservarse junto con el acuse de recepción del sistema.

Esto refuerza:

  • El control documental
  • La trazabilidad
  • La fiscalización electrónica

 

Nuevas obligaciones de los prevalidadores

Las empresas que prevalidan pedimentos deben:

  • Operar el servicio de forma continua.
  • Proporcionar acceso en línea.
  • Verificar que los pedimentos cumplan con criterios:
    • sintácticos
    • estructurales
    • normativos
  • Transmitir la información al SEA.
  • Proporcionar asistencia técnica a los usuarios.
  • Permitir la supervisión de la autoridad aduanera.

 

Datos obligatorios en transporte terrestre

En operaciones de importación o exportación se deben declarar en el pedimento:

  • Número económico del contenedor o caja
  • Tipo de contenedor
  • Vehículo de transporte
  • Número de placas

Además:

  • El pedimento debe pagarse al menos una hora antes de la entrada o salida de la mercancía.

 

Regulación para empresas de mensajería y paquetería

Se establece que deben transmitir el manifiesto de carga al SEA con la siguiente información:

  • Datos del documento de transporte
  • Nombre del consignatario
  • Descripción de la mercancía
  • Valor
  • Origen

También se crea el Artículo 38-A, que permite:

  • El despacho simplificado para mercancías de mensajería cuando el valor no exceda el límite establecido.
  1. Nuevas reglas para recintos fiscalizados

En los procesos de licitación se prioriza:

  • La seguridad
  • La trazabilidad
  • La continuidad operativa de las aduanas

Además:

  • Se regulan los costos de almacenamiento de mercancías embargadas o propiedad del fisco.

 

Documentos anexos al pedimento

Se establece que la documentación se considera presentada cuando:

  • Se transmiten al SEA los acuses electrónicos correspondientes.

La autoridad puede requerir:

  • Documentos originales
  • Documentos electrónicos para su verificación.

 

Subdivisión de pedimentos

Si una factura ampara varias operaciones:

  • Se puede dividir en varios pedimentos.
  • Todos deben declarar el mismo acuse de valor del CFDI.

Esto permite:

  • La correcta identificación y trazabilidad de la operación.

 

Reconocimiento aduanero en recintos fiscalizados

Se permite que el reconocimiento aduanero se realice dentro del recinto fiscalizado, siempre que se cumplan las condiciones operativas y se cuente con autorización de la aduana.

 

Toma de muestras con terceros especializados

La autoridad puede realizar la toma de muestras con especialistas cuando:

  • La mercancía pueda dañarse
  • Pueda alterarse la base gravable
  • El empaque pueda deteriorarse

Los costos deberán ser cubiertos por el importador o exportador.

 

Importación excepcional sin padrón

Se permite la importación por única ocasión de mercancías peligrosas o perecederas cuando:

  • Se encuentren en depósito en la aduana
  • Exista una situación de riesgo o urgencia

Ejemplos:

  • Explosivos
  • Animales vivos
  • Mercancía perecedera
  • Sustancias contaminantes

 

Documentos adicionales en la manifestación de valor

Se agregan documentos que deben anexarse:

  • CFDI o documento equivalente
  • Contratos de compra
  • Órdenes de compra
  • Documentos de incrementables
  • Notas de crédito o descuentos

 

Prioridad a las agencias aduanales

La reforma fortalece la figura de la agencia aduanal (persona moral) sobre la del agente individual.

Se establecen:

  • Requisitos más estrictos de solvencia
  • Continuidad operativa
  • Responsabilidad de los mandatarios

Las agencias deben:

  • Registrar su autorización
  • Cumplir con sus obligaciones fiscales
  • Conservar la documentación de sus operaciones