Extracto – Reforma al Reglamento de la Ley Aduanera 2026
Marzo 2026
Cambio de autoridad principal
- Se incorpora formalmente a la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) como autoridad aduanera dentro del Reglamento.
- Anteriormente, el SAT era la autoridad principal; ahora la ANAM cuenta con mayor autonomía técnica y operativa en la vigilancia aduanera.
Impacto:
- Fortalece el control aduanero.
- Se separa la función aduanera del enfoque exclusivamente fiscal.
Nuevas definiciones en el Reglamento
Se agregan o actualizan conceptos en el Artículo 1:
- ANAM: Agencia Nacional de Aduanas de México.
- Mandatario aduanal: Persona designada por un agente o agencia aduanal para tramitar el despacho.
- Consejo Aduanero: Órgano colegiado de coordinación.
- Sistema Electrónico Aduanero (SEA): Integración de sistemas como:
- Ventanilla Digital
- Sistema Automatizado Aduanero Integral
- Otros sistemas electrónicos autorizados.
Uso obligatorio del Sistema Electrónico Aduanero
Se establecen requisitos para realizar trámites en el SEA.
Los usuarios deben contar con:
- Firma electrónica avanzada vigente
- Sello digital
- RFC activo
- Domicilio fiscal localizado
- Correo electrónico registrado para notificaciones
Además:
- Deben informar cualquier cambio en su correo electrónico o datos dentro de los 10 días siguientes.
Responsabilidad sobre documentos electrónicos
- Los documentos transmitidos al SEA deben coincidir con el expediente electrónico de la operación.
- Deben conservarse junto con el acuse de recepción del sistema.
Esto refuerza:
- El control documental
- La trazabilidad
- La fiscalización electrónica
Nuevas obligaciones de los prevalidadores
Las empresas que prevalidan pedimentos deben:
- Operar el servicio de forma continua.
- Proporcionar acceso en línea.
- Verificar que los pedimentos cumplan con criterios:
- sintácticos
- estructurales
- normativos
- Transmitir la información al SEA.
- Proporcionar asistencia técnica a los usuarios.
- Permitir la supervisión de la autoridad aduanera.
Datos obligatorios en transporte terrestre
En operaciones de importación o exportación se deben declarar en el pedimento:
- Número económico del contenedor o caja
- Tipo de contenedor
- Vehículo de transporte
- Número de placas
Además:
- El pedimento debe pagarse al menos una hora antes de la entrada o salida de la mercancía.
Regulación para empresas de mensajería y paquetería
Se establece que deben transmitir el manifiesto de carga al SEA con la siguiente información:
- Datos del documento de transporte
- Nombre del consignatario
- Descripción de la mercancía
- Valor
- Origen
También se crea el Artículo 38-A, que permite:
- El despacho simplificado para mercancías de mensajería cuando el valor no exceda el límite establecido.
- Nuevas reglas para recintos fiscalizados
En los procesos de licitación se prioriza:
- La seguridad
- La trazabilidad
- La continuidad operativa de las aduanas
Además:
- Se regulan los costos de almacenamiento de mercancías embargadas o propiedad del fisco.
Documentos anexos al pedimento
Se establece que la documentación se considera presentada cuando:
- Se transmiten al SEA los acuses electrónicos correspondientes.
La autoridad puede requerir:
- Documentos originales
- Documentos electrónicos para su verificación.
Subdivisión de pedimentos
Si una factura ampara varias operaciones:
- Se puede dividir en varios pedimentos.
- Todos deben declarar el mismo acuse de valor del CFDI.
Esto permite:
- La correcta identificación y trazabilidad de la operación.
Reconocimiento aduanero en recintos fiscalizados
Se permite que el reconocimiento aduanero se realice dentro del recinto fiscalizado, siempre que se cumplan las condiciones operativas y se cuente con autorización de la aduana.
Toma de muestras con terceros especializados
La autoridad puede realizar la toma de muestras con especialistas cuando:
- La mercancía pueda dañarse
- Pueda alterarse la base gravable
- El empaque pueda deteriorarse
Los costos deberán ser cubiertos por el importador o exportador.
Importación excepcional sin padrón
Se permite la importación por única ocasión de mercancías peligrosas o perecederas cuando:
- Se encuentren en depósito en la aduana
- Exista una situación de riesgo o urgencia
Ejemplos:
- Explosivos
- Animales vivos
- Mercancía perecedera
- Sustancias contaminantes
Documentos adicionales en la manifestación de valor
Se agregan documentos que deben anexarse:
- CFDI o documento equivalente
- Contratos de compra
- Órdenes de compra
- Documentos de incrementables
- Notas de crédito o descuentos
Prioridad a las agencias aduanales
La reforma fortalece la figura de la agencia aduanal (persona moral) sobre la del agente individual.
Se establecen:
- Requisitos más estrictos de solvencia
- Continuidad operativa
- Responsabilidad de los mandatarios
Las agencias deben:
- Registrar su autorización
- Cumplir con sus obligaciones fiscales
- Conservar la documentación de sus operaciones