Resolucion Modificaciones RGCE

Mayo 2026

La presente resolución introduce reformas, adiciones y derogaciones a diversas disposiciones de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 (RGCE), así como modificaciones a los Anexos 5 y 29, con impacto directo en:

  • Control documental de usuarios por agentes aduanales
  • Cumplimiento en materia de valor en aduana
  • Operación del régimen de recinto fiscalizado estratégico (RFE)
  • Beneficios sectoriales (industria automotriz)

Modificaciones Relevantes por Disposición Regla 1.4.14 – Expediente del cliente del agente aduanal

Modificaciones Relevantes por Disposición Naturaleza del cambio: Reforma

Principales ajustes: Se fortalece el cumplimiento del artículo 162 de la Ley Aduanera mediante la exigencia de un expediente electrónico más robusto, incorporando:

  • Mayor carga documental, incluyendo:
  • Identificación oficial / acta constitutiva
  • Comprobante de domicilio operativo
  • Constancia de situación fiscal (en su caso)

Nuevas obligaciones declarativas del cliente:

  •  Descripción detallada de infraestructura operativa
  • Inclusión obligatoria de evidencia fotográfica (inmuebles, equipo, transporte)

Manifestación de:

  • No vinculación con contribuyentes en listas del artículo 69-B CFF
  • No emisión de comprobantes fiscales falsos

Responsabilidad directa del agente aduanal:

  • Validar que el cliente no se encuentre en listados del SAT (49 Bis, 69, 69-B, 69-B Bis)

Actualización del expediente:

  • Periodicidad obligatoria: cada 3 años o cuando haya cambios

Implicación operativa:

Se incrementa significativamente el estándar de debida diligencia (compliancia), trasladando mayor responsabilidad al agente aduanal en la validación de sus clientes.

Regla 1.5.1 – Manifestación de valor

Naturaleza del cambio: Reforma y adición

Cambios clave:

Se amplían los supuestos en los que no resulta aplicable la manifestación de valor, incluyendo:

  • Importaciones temporales específicas (art. 106 LA)
  • Pedimento global complementario (nuevo supuesto)

Se incorpora un nuevo párrafo que establece: Cuando no exista pedimento o no se realice transmisión electrónica, la documentación del valor deberá conservarse y presentarse a requerimiento de la autoridad.

Implicación operativa

Se transita hacia un modelo de:

  • Menor carga de transmisión previa, pero
  • Mayor exigencia de conservación documental y disponibilidad inmediata

Esto implica reforzar controles internos de archivo y trazabilidad.

Regla 4.8.2 – Recinto Fiscalizado Estratégico (RFE)

Naturaleza del cambio: Derogación parcial:

Se elimina el segundo párrafo de la regla

Implicación:

Se suprime una disposición relacionada con condiciones/plazos del régimen, lo que puede modificar criterios operativos previos en RFE.

Regla 4.8.4 – Restricciones del Anexo 29

Naturaleza del cambio: Adición

Nuevo criterio: Se establece una excepción a las restricciones del Anexo 2

No serán aplicables a: Empresas con autorización PROSEC de la industria automotriz y de autopartes

Implicación estratégica:

Se introduce un beneficio sectorial, flexibilizando el uso del RFE para empresas clave del sector automotriz, lo que puede incentivar operaciones bajo este régimen.

Modificación Transitoria Transitorio Décimo Primero:  Se amplía el plazo hasta el 1 de mayo de 2026

Para cumplir con disposiciones relacionadas con:

  • Artículo 59, fracción III de la Ley Aduanera
  • Regla 1.5.1 (valor en aduana)

Implicación: Se otorga un periodo adicional de transición, permitiendo a los operadores adecuar sus procesos sin incurrir en incumplimientos inmediatos.

Modificaciones a Anexos Se anuncian cambios en:

  • Anexo 5
  • Anexo 29

(El detalle no se incluye en este documento, pero su modificación es formal y obligatoria para efectos operativos.)

Estos cambios se realizan de manera estratégica y buscan:

  • Fortalecimiento del control del agente aduanal
  • Se eleva el estándar de validación de clientes, incorporando elementos de prevención de riesgos fiscales y operaciones simuladas.
  • Cambio en el enfoque de cumplimiento en valor en aduana
  • Se reduce la carga de transmisión, pero se incrementa la exigencia de soporte documental disponible.
  • Ajustes al régimen de RFE (Recinto Fiscalizado estratégico):

– Eliminación de criterios previos

– Flexibilización para sector automotriz

  • Periodo de adaptación regulatoria
  • La prórroga permite a las empresas ajustar procesos internos sin impacto inmediato en cumplimiento.